La Conferencia Episcopal peruana hizo un llamado a las autoridades y a los trabajadores de la salud para que reflexionen sobre el caso de Mila, la niña de 11 años que resultó embarazada tras ser víctima de violación por parte de su padrastro.
El caso ha generado conmoción entre la sociedad peruana y un fuerte debate entre dos juntas médicas, una que aprueba la realización del aborto terapéutico y otra que la niega, a lo que se agrega que el hombre sindicado del delito de acceso carnal violento en menor de edad, fue dejado en libertad.
La vida es sagrada
Ante la aprobación del aborto por parte de la junta médica de Lima, la Iglesia se pronunció ante lo que considera es un acto de injusticia y vulneración del derecho a la vida del nasciturus. «Levantamos nuestra voz de rechazo ante este hecho injusto e indolente, pues la vida es sagrada,” afirman en un comunicado.
Para los obispos la vida es un derecho absoluto e inalienable, un don divino, que Dios nos pide salvaguardar como reza en el quinto mandamiento: «No matarás». En este sentido la Iglesia peruana advierte que es obligación de la sociedad y del Ministerio de Salud, tutelar vida de la niña en estado de gestación y el niño o niña que se encuentra por nacer. «La enseñanza constante de la Iglesia, ente estos casos, es siempre el derecho a salvaguardar la vida de ambos,» afirman.
De acuerdo con el art. 2 de la Constitución política y el artículo I del Código peruano de Niños y adolescentes «se considera un niño a todo ser humano desde el momento de su concepción hasta los doce años de edad, por lo tanto, el Estado protege al concebido para todo lo que le favorece». Esto significa desde lo que se conoce como derecho divino y positivo, que la vida tiene un valor absoluto al referirse a una persona inocente.
Una intención tras la ley
El argumento de la Iglesia también obedece a que desde hace algunos años se observa una creciente presión para que se despenalice el aborto en casos de violación. De hecho, recuerda que diversos proyectos de ley presentados en el Congreso han buscado que se elimine esta causal argumentando una afectación sobre la salud mental de la mujer afectada e intentando crear lo que para ellos es un precedente que pueda aplicarse en todos los casos de violación.
En esta línea la Iglesia asegura que la intención es conjugar el final del artículo 119 del código penal y la causal 11 de la guía que define lo referente a la práctica del aborto terapéutico. El objetivo de introducir una causal que incluya la afectación de la salud mental como una causal aprobada para la práctica del aborto terapéutico.
Desde el deber que tiene la Iglesia de anunciar el Evangelio de la vida y denunciar la cultura de la muerte los obispos peruanos «levantan la voz para defender la vida y la dignidad de los más vulnerables», recordando que en un embarazo por violación hay tres personas: la víctima, el inocente y el violador, explicando que «en este caso se ha condenado a muerte a un inocente, se ha expuesto a un daño mayor a la víctima y se ha liberado al delincuente,» ante lo cual «no se puede justificar un mal, para obtener supuestamente el bienestar de otra persona».
Así los prelados advierten que la «la decisión deliberada de privar a un ser humano inocente de su vida siempre es mala, desde el punto de vista moral y nunca puede ser lícita ni como fin, ni como medio para un fin bueno».
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Sanar las heridas
Finalmente, los prelados abogan por que Mila sea protegida, se le proporcionen los mecanismos necesarios para sanar las heridas de la violación, no sea sometida a un aborto y que se persiga con todo el peso de la ley al violador y se impidan nuevos casos de abusos contra las niñas y mujeres.
Queremos hacer llegar nuestras oraciones por Mila y su recuperación. «Que el Señor de la vida guarde a las víctimas inocentes del aborto, y que Nuestra Madre proteja la vida de los niños por nacer», concluyen los obispos peruanos.
Según información oficial Mila fue hospitalizada en el Instituto Materno perinatal de Loreto. Allí la junta médica dijo que no podrá aplicarse el aborto terapéutico porque no reúne con las condiciones necesarias que incluyen el peligro de muerte o el daño mental permanente para la madre gestante. Determinación que fue desautorizada por una segunda junta médica en Lima.
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