El 23 de marzo pasado se conoció una declaración pública del Comité Permanente de la Conferencia Episcopal de Chile (CECh) titulado “Preservar la libertad de enseñanza en un aspecto esencial de la educación: la afectividad y sexualidad”.
Dicha declaración va en consonancia con la objeción que presentó un grupo de diputados chilenos que, según consigna el portal de noticias Diario Constitucional, sostiene que “los impugnantes alegan que la norma cuestionada impone a todos los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente el deber de preferir la ‘convicción’ moral y antropológica del Estado por sobre la de sus propios proyectos educativos y la de los padres, ya que no entrega ninguna salida para que el intérprete —a fin de otorgar la debida y especial protección constitucional a la preferencia parental—, pueda promover una ‘educación no sexista’ que no sea la que emane de los órganos estatales”.
La cuestión de la “educación no sexista” está incluida en la tramitación del proyecto de ley que estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género (Boletín N.º 11.07707).
¿Qué dijo la Iglesia chilena sobre la “educación no sexista”?
Al expresarse a través de la declaración “Preservar la libertad de enseñanza en un aspecto esencial de la educación: la afectividad y sexualidad” se puntualiza que:
“Siendo de toda justicia la existencia de normas que sancionen las discriminaciones arbitrarias, especialmente en el caso de la mujer, expresamos nuestra clara oposición a la introducción de una norma que imponga la promoción de una educación no sexista. Dicha expresión contradice el derecho innato de los padres a decidir, de común acuerdo con el establecimiento educacional, la forma y manera de educar en la afectividad y sexualidad a sus hijos o pupilos.” (se citan artículos de la Constitución Política)
“Contradice la libertad de conciencia y de religión establecida en el Art. 19 N°6 de la misma carta fundamental, puesto que el derecho preferente de los padres incluye que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.”
“Chile no acepta que se busque promover, bajo obligatoriedad legal, una sola visión de la educación en la afectividad y sexualidad.”
“Impone a todos los establecimientos educacionales con reconocimiento del Estado, un enfoque único y excluyente sobre la persona y su sexualidad y, en definitiva, obligaría a los establecimientos educacionales a promover las convicciones morales y antropológicas del Estado; por sobre las de sus propios proyectos educativos y de los padres, cosa que es contraria al sentido común y a un régimen democrático.”
“No hay duda del derecho y deber de los padres ‘de impartir una educación religiosa y una formación moral a sus hijos: derecho que no puede ser cancelado por el Estado, antes bien, debe ser respetado y promovido’.” (cita el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia)
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La declaración está firmada por:
- el Presidente de la Conferencia Episcopal de Chile, el Arzobispo de Santiago, Fernando Chomalí Garib;
- por el Secretario General, Obispo de Chillán, Sergio Pérez de Arce Arriagada, SSCC;
- y los demás integrantes del Comité Permanente:
- Juan Ignacio González Errázuriz, Obispo de San Bernardo;
- Ricardo Morales Galindo, OdM, Obispo de Copiapó;
- Guillermo Vera Soto, Obispo de Rancagua;
- junto con Alberto Lorenzelli Rossi, SDB, Obispo Presidente del Área Educación CECh.
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Con informaciones provistas por la Conferencia Episcopal Chilena (CECh).
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